Calcular finiquito 2026: cálculo de indemnización, vacaciones y aviso
Calcula tu finiquito en segundos: el cálculo de finiquito suma la indemnización por años de servicio, las vacaciones proporcionales y el aviso previo según la causal de término, con las reglas de la Dirección del Trabajo.
Si te despiden por necesidades de la empresa o desahucio y llevabas al menos un año, el finiquito incluye 30 días de tu última remuneración mensual por cada año trabajado (máximo 11 años y con una base de hasta 90 UF del último día del mes anterior al pago), un mes más si no te avisaron con 30 días de anticipación, y siempre el feriado proporcional y los días trabajados del mes (Código del Trabajo, arts. 163 y 172). El empleador debe pagarlo dentro de 10 días hábiles desde tu salida (art. 177, Dirección del Trabajo).
¿Qué significa "me reservo el derecho" en el finiquito?
Puedes firmar el finiquito y dejar escrita una reserva de derechos sobre los conceptos o montos con los que no estás de acuerdo, de forma específica, para reclamarlos después. No necesitas que el empleador lo acepte, y igual te deben pagar lo no disputado.
Fuente: Dirección del Trabajo, Dictamen ORD. N° 1315/26 del 04-08-2022 (Ley 21.361)
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar el finiquito?
Diez días hábiles desde que terminas de trabajar para firmarlo y poner el pago a tu disposición. Solo puede pagarse en cuotas si ambas partes lo acuerdan.
Fuente: Código del Trabajo, art. 177 · Dirección del Trabajo, ORD. 596 de 21-04-2023
¿Con qué sueldo se calcula el finiquito?
Con la última remuneración mensual: todo lo que recibías cada mes al terminar el contrato (sueldo, comisiones, bonos mensuales, colación, movilización, gratificación si se paga mes a mes y cotizaciones de cargo del trabajador). No cuentan las horas extra, la asignación familiar ni los pagos esporádicos o anuales. Tiene tope de 90 UF del último día del mes anterior al pago. Si tu remuneración es variable, se usa el promedio de los últimos 3 meses calendario completos (art. 172).
Fuente: Código del Trabajo, art. 172 · Dirección del Trabajo
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Datos que esta herramienta te pedirá
La calculadora se habilita en esta misma página. Puedes preparar los antecedentes y revisar abajo las fuentes, supuestos y limitaciones de la estimación.
- Último sueldo bruto (base)
- Años trabajados
- Causa de término
- Meses adicionales (fracción de año)
Metodología
Cómo se obtiene este resultado
Desglosa pagos pendientes, feriado e indemnizaciones según causal y antecedentes ingresados, sin decidir si la causal es jurídicamente correcta.
Pasos del cálculo
- 1Estima remuneración pendiente del último mes.
- 2Calcula feriado legal, proporcional y acumulado declarado.
- 3Determina aviso previo e indemnización por años cuando la causal seleccionada los contempla.
- 4Aplica recargos o ajustes informados y suma los componentes.
Supuestos
- La última remuneración y los años de servicio fueron declarados correctamente.
- La causal seleccionada representa la comunicación formal del empleador.
Limitaciones
- No valida cotizaciones, reserva de derechos ni legalidad del despido.
- Bonos variables, AFC, topes y convenios pueden requerir revisión documental.
Ejemplo: Despido por Necesidades de la Empresa (3 años de servicio)
Datos
- Última remuneración mensual: $800.000
- Antigüedad: 3 años completos
- Causal: Necesidades de la Empresa (Art. 161 Código del Trabajo)
- Término del contrato: viernes 16-10-2026
- Vacaciones pendientes: 10 días hábiles = 14 días corridos (17 al 30-10-2026)
- Aviso previo: No avisado con 30 días de anticipación
Desarrollo
- Indemnización por años de servicio: 3 años × $800.000 = $2.400.000
- Indemnización sustitutiva de aviso previo: 1 mes = $800.000
- Feriado pendiente: los 10 días hábiles se cuentan desde el sábado 17-10-2026, el día siguiente al término, sumando sábados, domingos y festivos (Dirección del Trabajo, https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60200.html). Llegan hasta el viernes 30-10-2026 y no hay festivos en ese período: 14 días corridos. (14 / 30) × $800.000 = $373.333
- Total bruto del finiquito: $2.400.000 + $800.000 + $373.333
Total estimado del finiquito: $3.573.333 (las indemnizaciones no tributan).
Fuentes oficiales
- DT — plazo y pago del finiquito
Reglas generales del finiquito y plazo de 10 días hábiles
- BCN — Código del Trabajo, art. 163
Indemnización por años de servicio: la fracción superior a 6 meses cuenta como 1 año
- DT — Feriado proporcional en días corridos
Los días hábiles del feriado proporcional se proyectan desde el día siguiente al término, sumando sábados, domingos y festivos
- SUSESO — Art. 168
Recargos judiciales por despido injustificado
Revisado por Diego Bravo Opazo · Reportar un dato o fuente que requiera revisión
Ejemplos calculados
| Último sueldo | Años | Indemnización por años | Total finiquito estimado |
|---|---|---|---|
| $553.553 | 2 | $1.107.106 | $1.872.854 |
| $800.000 | 5 | $4.000.000 | $5.106.667 |
| $1.200.000 | 8 | $9.600.000 | $11.260.000 |
Cómo se calcula el finiquito
- Indemnización por años de servicio: 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado, con tope de 11 años (art. 163). La remuneración que se usa para el cálculo tiene un tope de 90 UF (art. 172) (DT).
- Vacaciones proporcionales: los días de feriado ganados y no usados. Calcúlalos con la calculadora de vacaciones proporcionales.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: una remuneración mensual, con tope de 90 UF (art. 172), cuando el empleador despide sin dar 30 días de aviso (DT).
- Remuneraciones pendientes: días trabajados del mes y, si corresponde, la gratificación proporcional, con tope de 4,75 ingresos mínimos al año (DT, art. 50).
Para el detalle con ejemplos, revisa la guía de finiquito laboral. Si solo necesitas una parte, usa la calculadora de indemnización por años de servicio, la de sueldo líquido o el checklist después del despido.
Finiquito por renuncia vs. por despido
| Causal | Indemnización por años | Aviso previo | Vacaciones proporcionales |
|---|---|---|---|
| Renuncia voluntaria | No | No | Sí |
| Necesidades de la empresa (art. 161) | Sí, con 1 año o más | Sí, si no hubo aviso de 30 días (tope de 90 UF) | Sí |
| Término de plazo fijo | No | No | Sí |
| Despido por falta grave (art. 160) | No | No | Sí |
Solo el despido por el art. 161 da indemnización por años de servicio (DT). Las vacaciones proporcionales se pagan en cualquier causal (DT, art. 73), salvo en contratos de 30 días o menos, o de hasta 60 días con la prórroga.
Si el despido es injustificado: si un juez lo declara así, la indemnización se recarga según el art. 168: 30 % si el art. 161 se aplicó mal, 50 % si la causal del art. 159 fue injustificada o no se dio una causal legal, 80 % si la causal del art. 160 fue improcedente, y 100 % en los casos del art. 160 N.º 1, 5 o 6 sin motivo plausible. Para demandar hay 60 días hábiles, o hasta 90 si antes se reclama en la Inspección del Trabajo (DT). La calculadora no estima recargos judiciales.
Plazo para pagar el finiquito
El empleador tiene 10 días hábiles desde la separación para pagar el finiquito (DT, art. 177).
Ejemplo con sueldo mínimo
Con el ingreso mínimo de $553.553, una persona despedida por necesidades de la empresa con 2 años de antigüedad recibe por indemnización 2 × $553.553 = $1.107.106, a lo que se suman las vacaciones proporcionales y, si no hubo aviso, $553.553 de aviso previo (por debajo del tope de 90 UF). Ver el caso completo en el post de finiquito con sueldo mínimo.
Cómo hacer el cálculo de finiquito paso a paso
- Identifica la causal de término (renuncia, necesidades de la empresa, mutuo acuerdo, etc.). De ella depende qué conceptos entran.
- Ingresa tu última remuneración mensual y tus años trabajados.
- Indica los días de vacaciones pendientes.
- La calculadora suma la indemnización por años de servicio y el aviso previo cuando corresponden, y las vacaciones proporcionales en todos los casos. Ver "Cómo se calcula el finiquito" más arriba.
El resultado es una estimación. El monto final lo fija el finiquito firmado ante un ministro de fe, y ante dudas puedes consultar en la Dirección del Trabajo.
Más preguntas sobre el finiquito
- ¿Cómo se calcula un finiquito?
- Se suman los conceptos que correspondan según la causal: indemnización por años de servicio (si es despido por necesidades de la empresa o desahucio), indemnización sustitutiva del aviso previo (si no se avisó con 30 días) y vacaciones proporcionales o pendientes (siempre). En "Cómo se calcula el finiquito" está el detalle de cada uno.
- ¿Cómo es el cálculo de finiquito por renuncia?
- Si renuncias no recibes indemnización por años de servicio ni aviso previo, salvo que tu contrato o un convenio colectivo diga otra cosa. Sí te corresponden las vacaciones proporcionales y pendientes, y las remuneraciones adeudadas. Ver "Finiquito por renuncia vs. por despido".
- ¿Cuánto se demora en pagar un finiquito?
- Ver "Plazo para pagar el finiquito", más arriba en esta página, con su fuente de la Dirección del Trabajo.
- ¿Sirve el simulador de finiquito de la DT o ChileAtiende?
- Sí, es una referencia oficial. Esta calculadora usa las mismas reglas del Código del Trabajo y muestra el cálculo paso a paso. Ninguna de las dos reemplaza el finiquito firmado.
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Valores verificados al 16-10-2026
- UF: fuente oficial
- Ingreso mínimo mensual: fuente oficial
- Tope de indemnización (90 UF y 11 años): fuente oficial
- Tope de gratificación (4,75 IMM): fuente oficial
- Feriado legal (15 días hábiles): fuente oficial
Sobre finiquito
Ingresa los datos solicitados arriba y los resultados se mostrarán automáticamente, sin necesidad de hacer clic en ningún botón.
Las calculadoras core (sueldo, UF, hipoteca, boleta) usan estos mismos valores de UF/UTM al calcular.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es el documento legal que pone término a la relación laboral y detalla los pagos que el empleador debe entregar al trabajador. Incluye: sueldo devengado no pagado, vacaciones proporcionales o pendientes, y según la causal, indemnización por años de servicio. Es un derecho irrenunciable establecido en el Código del Trabajo.
¿Cómo se calcula la indemnización por años de servicio?
La indemnización por años de servicio equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado (Art. 163 Código del Trabajo). Se calcula sobre el sueldo bruto y se paga solo en caso de despido injustificado o mutuo acuerdo con indemnización. El tope máximo es de 330 días (11 años).
¿Qué son las vacaciones proporcionales?
Las vacaciones proporcionales son los días de feriado legal que te corresponden por el tiempo trabajado en el año en que terminas tu contrato. Se calculan dividiendo los 15 días hábiles de vacaciones anuales entre 12 meses, dando 1.25 días por mes trabajado. Se pagan junto con el finiquito.
¿Tengo derecho a indemnización si renuncio?
No. Si renuncias voluntariamente, no tienes derecho a indemnización por años de servicio. Solo recibes el pago de días trabajados no pagados y vacaciones proporcionales o pendientes. Sin embargo, si es un mutuo acuerdo, puedes negociar una indemnización con tu empleador.
¿Cuál es el tope de la indemnización?
La indemnización por años de servicio tiene un tope máximo de 11 años de servicio (330 días), según el Art. 163 del Código del Trabajo. Además, la base de cálculo no puede exceder de 90 UF mensuales. Esto significa que hay un límite máximo legal que puede recibir el trabajador.
Ver más preguntas (4)
¿Qué es la indemnización sustitutiva del aviso previo?
La indemnización sustitutiva del aviso previo equivale a 1 mes de sueldo y se paga cuando el empleador despide sin dar el aviso previo correspondiente (30 días). El monto está limitado al tope de 90 UF mensuales.
¿Se consideran vacaciones pendientes de años anteriores?
Sí. El feriado pendiente de períodos anteriores se paga al término (Art. 73 CdT), sumado al proporcional del año en curso. Ingresa los días pendientes en el campo correspondiente.
¿Qué es el recargo del Art. 168?
Es un recargo judicial (30%, 50%, 80% o 100%) sobre la indemnización por años de servicio cuando el juez declara el despido injustificado o la causal improcedente. No es automático ni una “multa por pagar tarde el finiquito”. Úsalo solo como escenario hipotético.
¿Cuándo se paga el aviso previo?
Si el empleador despide sin el aviso de 30 días, debe pagar indemnización sustitutiva de un mes de remuneración (Art. 162), con tope de 90 UF. Activa esa opción solo en ese caso.
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