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PGU septiembre 2026: aumento para personas de 75 años o más

Qué cambia en septiembre de 2026 para la PGU: quiénes de 75 años o más acceden al monto máximo, cuánto es, cuándo se aplica y qué casos deben consultarse.

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Por Diego Bravo Opazo
Publicado el

En septiembre de 2026 cambia el tramo de edad que accede al monto máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Las personas que tienen derecho al beneficio y que al 30 de septiembre cumplen o ya cumplieron 75 años pasan al máximo vigente de $250.275 mensuales. La edad importa, pero no convierte por sí sola a una persona en beneficiaria: primero debe existir derecho a PGU.

Esta guía tiene fecha de corte 12 de agosto de 2026 y separa tres situaciones que suelen mezclarse: la persona que ya recibe PGU, la que cumple 75 años después de septiembre y la que pertenece a un nuevo grupo que debe solicitar el beneficio. El dato relevante no es solo “tener 75”, sino saber si la persona ya tiene PGU, qué fecha de nacimiento registra el IPS y si cumple los requisitos generales del beneficio.

Qué cambia el 1 de septiembre de 2026

La Ley 21.735 fijó una implementación gradual del aumento de la PGU por edad. El primer grupo, de 82 años o más, llegó al monto máximo en septiembre de 2025. Luego de un reajuste por IPC, ese máximo quedó en $250.275 desde febrero de 2026. El siguiente paso es septiembre de 2026: el mismo máximo alcanza a quienes tienen derecho a PGU y cumplen o ya cumplieron 75 años.

EtapaGrupo etario con derecho al máximoMonto máximo informado
Desde septiembre de 202582 años o más$250.000 antes del reajuste posterior
Desde febrero de 202682 años o más$250.275
Desde septiembre de 202675 años o más, con derecho a PGU$250.275
Desde septiembre de 202765 años o más, con derecho a PGUMáximo vigente en esa fecha

La tabla muestra la gradualidad del monto máximo. No sirve para calcular una pensión completa ni para reemplazar una evaluación de elegibilidad. La PGU puede ser inferior al máximo según el caso, y además existen requisitos de edad, residencia, focalización y pensión base que se revisan conforme a las reglas vigentes. Por eso una persona debe distinguir entre “me sube la PGU que ya recibo” y “quiero solicitar PGU por primera vez”.

Quiénes reciben el aumento de forma automática

ChileAtiende informa que si una persona ya es beneficiaria de PGU y tiene 75 años o más hasta el 30 de septiembre de 2026, el aumento opera automáticamente desde ese mes. No corresponde presentar una segunda postulación solo para que se aplique el nuevo tramo de edad. El IPS valida mensualmente la edad con los registros y sistemas de información disponibles durante la transición.

Automático no significa que se deba ignorar la liquidación. Cuando llegue el pago de septiembre, conviene comparar el monto de la pensión, la cartola o comprobante y la fecha de nacimiento registrada. Si el monto no refleja el cambio esperado, la persona beneficiaria o su apoderado debe consultar por el canal oficial con su RUN y fecha de nacimiento, no basarse en una tabla compartida por redes sociales.

Ejemplo de calendario
  • Persona que ya recibe PGU y tiene 76 años el 30 de septiembre de 2026.
  • Está dentro del grupo etario que accede al monto máximo vigente desde septiembre.
  • El IPS debe aplicar el cambio de forma automática si mantiene el derecho a PGU.
  • El pago real debe revisarse en el comprobante individual.
La edad permite el tramo; no reemplaza los requisitos del beneficio

Qué ocurre si cumples 75 años después de septiembre

La fecha de cumpleaños cambia el mes del incremento. Según ChileAtiende, quienes cumplen 75 años entre octubre de 2026 y agosto de 2027 tienen derecho al aumento desde el mes en que cumplen años, siempre que sean beneficiarios de PGU. No deben esperar hasta septiembre de 2027 para acceder al valor máximo de su tramo etario.

Por ejemplo, una persona que cumple 75 años el 18 de enero de 2027 no entra en la primera validación de septiembre de 2026, pero puede acceder al aumento desde enero de 2027 si ya recibe PGU y cumple las demás condiciones. En cambio, una persona que cumple 75 después de agosto de 2027 queda bajo la etapa siguiente de la gradualidad y debe revisar la regla vigente para ese período.

La fecha relevante es la fecha de nacimiento que consta en los registros institucionales. Si detectas un error en tus datos personales, el primer paso es resolverlo por la vía correspondiente; no es un problema que pueda corregir una calculadora de pensiones ni una solicitud enviada a un correo no oficial.

Personas que no reciben PGU todavía

La reforma también abrió de manera gradual el acceso para personas que reciben pensiones de gracia, beneficios de leyes de reparación o tienen calidad de exoneradas políticas, bajo las condiciones que establece la normativa. Para el grupo de 75 años o más, ChileAtiende informó una solicitud anticipada desde junio de 2026 para que, si cumplían los requisitos, pudieran recibir el beneficio desde septiembre.

Ese trámite no debe confundirse con el aumento automático de una persona ya beneficiaria. Si alguien no recibe PGU, tiene que consultar su caso: puede existir una condición especial que permita solicitarla, pero también pueden faltar requisitos generales. La autoridad evalúa residencia, focalización y antecedentes previsionales; la edad solo define la etapa de implementación del monto máximo.

Las personas pensionadas de montepío de CAPREDENA o DIPRECA tienen otra calendarización. La información pública indica que su acceso a un monto complementario para alcanzar la PGU se contempla desde septiembre de 2027, sujeto a sus requisitos. No corresponde prometerles el aumento de septiembre de 2026 como si pertenecieran al mismo grupo.

Los requisitos generales de la PGU siguen importando

La PGU no se otorga únicamente por cumplir una edad. ChileAtiende mantiene requisitos sobre tener 65 años o más, no pertenecer al 10% más rico de la población según el Puntaje de Focalización Previsional, acreditar residencia en Chile y cumplir las condiciones relacionadas con la pensión base. Las reglas pueden contemplar situaciones particulares y excepciones; por eso la consulta individual es indispensable para una solicitud nueva.

La persona que ya recibe PGU no debería usar este artículo para volver a calcular toda su elegibilidad desde cero. Debe revisar el pago y, si hay una discrepancia, preguntar por su caso. La persona que nunca ha recibido PGU tampoco debe concluir que será aprobada solo por su edad: antes de iniciar un trámite conviene reunir sus antecedentes y usar el canal de consulta del IPS o ChileAtiende.

Cómo revisar si te corresponde el cambio

  1. Confirma si ya recibes PGU. Revisa la liquidación de pensión, cartola o consulta oficial.
  2. Verifica la fecha de nacimiento. Distingue si al 30 de septiembre de 2026 tienes 75 años o si los cumples después.
  3. Consulta con tu RUN y fecha de nacimiento. ChileAtiende habilita una consulta oficial para conocer cuándo corresponde aumento o acceso.
  4. Revisa el pago de septiembre. Si ya eras beneficiario y estabas en el tramo, contrasta el monto y conserva el comprobante.
  5. Separa aumento de solicitud nueva. Si nunca recibiste PGU, revisa requisitos y canal de postulación; no asumas automatismo.
  6. Evita intermediarios. El trámite y las consultas se realizan por canales institucionales; no pagues a terceros por “activar” el aumento.

La calculadora PGU puede servir para explorar un escenario referencial, pero no verifica residencia, focalización ni los registros del IPS. Para entender comisiones, pensión autofinanciada y decisiones previsionales de largo plazo, revisa también la guía de AFP y pensión en Chile. Ninguna de esas herramientas reemplaza la consulta individual de la autoridad.

Preguntas que aparecen en septiembre

¿El aumento se suma por completo a mi pensión?

La PGU es un beneficio que se paga junto con la pensión según corresponda, pero el máximo publicado no permite inferir el total final de una persona. El monto individual puede depender de las reglas de pensión base y de la situación previsional. Revisa la liquidación y no calcules el nuevo total sumando una cifra estándar sin verificar el caso.

¿Tengo que ir a una oficina si ya recibo PGU?

Para el cambio etario de quienes ya son beneficiarios, ChileAtiende señala que el aumento es automático. Una visita o solicitud puede ser necesaria si hay una duda, un dato inconsistente o una situación distinta, pero no debe hacerse una postulación duplicada solo porque se acerca septiembre.

¿Qué pasa con quienes reciben APSV?

La normativa transitoria contempla que el IPS revise situaciones en que puede ser más favorable reemplazar un Aporte Previsional Solidario de Vejez por PGU más bono compensatorio. Para el grupo de 75 años, las notificaciones se contemplan durante octubre de 2026. No renuncies a un beneficio por una interpretación general: espera la comunicación oficial o solicita orientación institucional.

Checklist antes de mirar el pago

  • ¿Ya recibes PGU o sería una solicitud nueva?
  • ¿Tienes 75 años al 30 de septiembre de 2026?
  • Si cumples años después, ¿identificaste el mes exacto de tu cumpleaños?
  • ¿Consultaste el estado con RUN y fecha de nacimiento en un canal oficial?
  • ¿Guardaste el comprobante de septiembre si esperas el incremento?
  • ¿Evitaste compartir RUN, claves o datos bancarios en redes sociales?
  • ¿Separaste el monto máximo de una estimación de tu pago individual?

El cambio de septiembre es relevante porque adelanta el monto máximo de PGU a un grupo grande de pensionados. La acción concreta es sencilla: si ya recibes PGU y tienes 75 años o más, revisa el pago; si cumples 75 después, identifica tu mes de cumpleaños; y si nunca has tenido PGU, consulta los requisitos y el trámite. La diferencia entre esas tres situaciones evita promesas que el sistema no puede cumplir.

Fuentes consultadas

Contenido verificado el 12 de agosto de 2026 con la ficha de aumento de PGU de ChileAtiende, las fechas clave de la Reforma de Pensiones, el compendio transitorio de la Superintendencia de Pensiones y la ficha general de PGU. Los requisitos y pagos individuales deben confirmarse mediante la consulta oficial.

Referencias

Fuentes primarias e institucionales consultadas para esta pieza.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el monto máximo de la PGU desde septiembre de 2026?

El monto máximo informado para septiembre de 2026 es $250.275 mensuales. Es un máximo: el monto individual depende de que la persona tenga derecho a PGU y de las reglas que corresponden a su caso.

¿A quiénes se les aplica el aumento de PGU en septiembre de 2026?

A las personas que tienen derecho a PGU y que al 30 de septiembre de 2026 cumplen o ya cumplieron 75 años. ChileAtiende informa que el incremento para quienes ya son beneficiarios se realiza automáticamente.

¿Qué pasa si cumplo 75 años después de septiembre de 2026?

Si cumples 75 años entre octubre de 2026 y agosto de 2027, el aumento corresponde desde el mes de tu cumpleaños, siempre que tengas derecho a PGU.

¿Toda persona de 75 años recibe PGU automáticamente?

No. La edad no reemplaza los requisitos de la PGU. Quienes ya reciben el beneficio pueden tener el incremento automático según su edad, pero una nueva solicitud exige cumplir las condiciones vigentes y ser evaluada por la institución competente.

¿Las pensiones de gracia y leyes de reparación tienen un trámite especial?

Sí. ChileAtiende informa que ciertos nuevos grupos de 75 años o más pudieron solicitar el beneficio desde junio de 2026 para cobrarlo desde septiembre si cumplen los requisitos. La consulta individual debe hacerse por el canal oficial.

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