En resumen
¿Cómo se fija y cobra una pensión de alimentos y qué beneficios familiares están vigentes?
Qué cubre la pensión y hasta cuándo corresponde
En derecho de familia, “alimentos” no significa solo comida. La obligación comprende vivienda, salud, vestuario, educación, transporte, recreación y lo necesario para que el hijo o hija se desarrolle conforme a sus circunstancias. Ambos padres deben contribuir según sus capacidades, incluso cuando uno asume diariamente el cuidado personal.
El derecho de hijos e hijas se mantiene, por regla general, hasta los 21 años. Puede extenderse hasta los 28 años si estudian una profesión u oficio. También puede continuar cuando una incapacidad física o mental impide subsistir por sí mismo o cuando el tribunal lo estima indispensable. Cumplir 18 años no extingue la pensión por sí solo, y cumplir la edad límite tampoco autoriza a suspender unilateralmente el pago: el cese debe tramitarse o aprobarse judicialmente.
La resolución puede incluir dinero y ciertos pagos en especie, como colegiatura, si el tribunal los regula expresamente. Transferir compras, regalos o gastos fuera del acuerdo no permite descontarlos por decisión propia. La obligación debe pagarse en la cuenta y fecha fijadas, de modo mensual y anticipado.
Los gastos extraordinarios son necesidades que surgen después y no podían preverse, por ejemplo una hospitalización o atención médica urgente. La resolución debe indicar en qué proporción los padres contribuyen a ellos. Guardar boletas, órdenes médicas y comunicaciones evita discutir después si el gasto existió y cómo se repartía.
Cómo se fija el monto: necesidades, capacidad y mínimos
La Ley 14.908 no contiene una tabla que asigne 20%, 30% o 40% del sueldo según cantidad de hijos. El tribunal pondera tres grupos de antecedentes:
- Necesidades acreditadas: gastos mensuales del hijo, parte razonable de vivienda y servicios, salud, educación, transporte, vestuario y cuidado.
- Capacidad económica y patrimonio: remuneraciones, honorarios, declaraciones de renta, cuentas, vehículos, propiedades y otros antecedentes de ambos padres.
- Trabajo de cuidados: la ley obliga a considerar su distribución y valor económico, no solo los depósitos en dinero.
Para un solo alimentario menor de edad, el mínimo legal es 40% del ingreso mínimo remuneracional que corresponda según la edad del alimentante. Si hay dos o más menores, el mínimo es 30% de ese ingreso mínimo por cada uno. Desde mayo de 2026, el IMM para una persona de 18 a 65 años es $553.553: el ejemplo matemático da $221.421 para un menor, o $166.066 por menor cuando son dos o más. Si el alimentante tiene más de 65 años, la base remuneracional aplicable es distinta; no debe copiarse el ejemplo anterior.
| Situación | Regla legal | Ejemplo con IMM $553.553 |
|---|---|---|
| Un menor | Mínimo 40% del IMM aplicable | $221.421 |
| Dos menores | Mínimo 30% por cada uno | $166.066 cada uno; $332.132 total |
| Tres menores | Mínimo 30% por cada uno | $166.066 cada uno; $498.198 total |
El máximo general es 50% de los ingresos totales de quien paga, pero el juez puede superarlo por razones fundadas, atendiendo especialmente al interés superior del niño. El mínimo también puede rebajarse si el alimentante acredita que carece de medios. Por eso el piso y el máximo son límites judiciales, no una fórmula que reemplace el presupuesto de necesidades.
De la mediación a la resolución judicial
Antes de demandar alimentos se debe intentar una mediación familiar previa. Participar y alcanzar un acuerdo son decisiones voluntarias, pero pasar por la instancia es requisito para judicializar. Los centros licitados prestan el servicio generalmente gratis; también existen mediadores privados con arancel.
Si hay acuerdo, el mediador lo envía al tribunal. Una vez aprobado judicialmente, tiene fuerza obligatoria: un arreglo verbal o una transferencia informal no ofrece la misma vía de cumplimiento. Si no hay acuerdo o una parte no asiste, el certificado de mediación frustrada habilita para demandar con patrocinio de abogado. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis y puede representar sin costo tras su evaluación socioeconómica.
Para preparar el caso conviene ordenar:
- certificado de nacimiento que acredita el vínculo;
- presupuesto mensual con comprobantes y explicación de gastos compartidos del hogar;
- antecedentes de ingresos y patrimonio conocidos de ambos padres;
- certificado de mediación frustrada y datos de una causa previa, si existe;
- domicilio y datos de contacto del demandado, cuando se conocen.
En la primera actuación judicial, el juez debe fijar alimentos provisorios para hijos menores mientras se tramita el juicio. La resolución final expresa el pago en UTM, define el período del mes y ordena una cuenta exclusiva. Pagar por otra vía dificulta acreditar cumplimiento; quien necesita modificar monto, forma o fecha debe pedirlo en la causa.
Deuda, liquidación y Registro Nacional de Deudores
El primer paso para cobrar no es publicar el caso ni acudir a DICOM, sino usar la causa de cumplimiento ante el Tribunal de Familia. La deuda debe liquidarse: el tribunal calcula cuotas, reajustes, pagos reconocidos y saldo. La liquidación y la eventual inscripción se notifican electrónicamente y pueden objetarse dentro de tres días en la causa correspondiente.
El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, administrado por el Registro Civil, exige una obligación fijada o aprobada judicialmente y deuda total o parcial de tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas. Para pensiones fijadas desde el 18 de noviembre de 2021, el tribunal debe liquidar e inscribir cuando se cumplen los requisitos. En causas anteriores puede ser necesario pedir conversión a UTM y/o liquidación.
Entre sus efectos oficiales están:
- retención de fondos de ciertos créditos, devoluciones de impuestos, juicios ejecutivos y liquidaciones concursales;
- restricciones para tramitar pasaporte o licencia de conducir;
- impedimentos para inscribir vehículos e inmuebles mientras exista la inscripción;
- deber de consulta por instituciones y organismos en operaciones señaladas por la ley;
- inadmisibilidad de una demanda de rebaja o cese presentada por el deudor inscrito, salvo antecedentes calificados sobre falta de medios.
La cédula de identidad y una anotación automática en DICOM no aparecen entre los efectos que enumera la ficha oficial; no deben prometerse como herramienta de presión. Tampoco existe una salida general por “pagar bien seis meses”. La inscripción se mantiene hasta que el tribunal ordena cancelarla conforme al pago o acuerdo suficiente establecido por la ley.
Además del registro, el juez puede ordenar retención por empleador o pagador de pensión, arraigo, suspensión de licencia, arresto nocturno o completo, garantías sobre bienes, embargo y remate. Cada medida requiere resolución: la persona beneficiaria no puede retirar dinero o embargar por cuenta propia.
Cobro desde cuentas bancarias y fondos previsionales
La Ley de Responsabilidad Parental incorporó un procedimiento especial para buscar patrimonio y pagar deudas. Con deuda liquidada, el tribunal puede investigar cuentas bancarias, instrumentos financieros y de inversión; luego ordena retener y transferir hasta cubrir lo adeudado. La solicitud se presenta en la causa de cumplimiento mediante la Oficina Judicial Virtual o con apoyo jurídico.
Si el procedimiento ordinario no obtiene fondos suficientes, puede activarse de forma extraordinaria el pago con fondos previsionales obligatorios, bajo requisitos y límites legales. No es un retiro AFP solicitado directamente a la administradora: el tribunal consulta, determina procedencia, protege los límites aplicables y ordena el pago. La edad del deudor y la cercanía a su jubilación influyen en cuánto puede utilizarse.
En foros aparecen preguntas como “¿puedo cobrar si trabaja informal?”, “¿sirve depositar en la cuenta personal?” o “¿el tribunal ve las cuentas?”. Son señales de problemas reales, pero no prueba del procedimiento. La respuesta verificable es mantener la cuenta exclusiva, pedir liquidación y entregar al tribunal los antecedentes de patrimonio conocidos. Ocultar ingresos o presentar información falsa puede generar sanciones.
Asignación Familiar: nuevos tramos desde mayo de 2026
La Asignación Familiar se paga por causantes reconocidos a trabajadores, pensionados y otras personas beneficiarias del sistema. “Carga” no equivale automáticamente a hijo declarado en el empleo: debe existir reconocimiento ante la entidad administradora correspondiente y cumplir requisitos de edad, estudios, dependencia económica u otros según el vínculo.
La Ley 21.830 actualizó retroactivamente los valores desde el 1 de mayo de 2026. La SUSESO instruyó los siguientes tramos:
| Tramo | Ingreso mensual | Monto mensual por carga |
|---|---|---|
| A | Hasta $649.039 | $22.601 |
| B | Más de $649.039 y hasta $947.990 | $13.870 |
| C | Más de $947.990 y hasta $1.478.539 | $4.382 |
| D | Más de $1.478.539 | $0 |
Para julio de 2026 en adelante se mantiene el monto, pero el tramo se determina con el promedio de ingresos de enero a junio de 2026. La asignación por invalidez corresponde al doble. Dependientes la reciben normalmente con el sueldo; pensionados, con la pensión; e independientes pueden recibirla anualmente según sus cotizaciones y reconocimiento.
Si mayo o junio se pagaron con la tabla antigua, la entidad debe reliquidar. La calculadora de asignación familiar requiere estos tramos nuevos; contrasta siempre el resultado con la liquidación y la entidad que reconoce la carga.
Subsidio del agua potable
El subsidio al consumo de agua potable y alcantarillado ayuda a hogares que destinan 5% o más de sus ingresos a la cuenta. En 2026 cubre entre 25% y 85% del valor sobre un consumo máximo de 13 m³, según evaluación socioeconómica y cupos comunales. Para familias de Chile Seguridades y Oportunidades, cubre 100% de los primeros 15 m³.
Se postula todo el año en la municipalidad del domicilio. Se requiere RSH, residencia permanente, conexión a la red, estar al día con la sanitaria o sistema rural y acreditar incapacidad de pago. Puede postular propietario, arrendatario que no viva con el dueño, usufructuario o allegado externo en ciertos sistemas colectivos.
Dura tres años y la renovación no es automática. Cambiar de domicilio, acumular tres meses sin pagar la parte no subsidiada o dejar de cumplir requisitos puede terminarlo. La calculadora solo estima porcentajes: la municipalidad determina tramo y disponibilidad.
Aguinaldos y Aporte Familiar Permanente
El aguinaldo es un bono especial del sector público y de pensionados de regímenes cubiertos (leyes de reajuste / fichas IPS). En el sector privado solo es exigible si está en el contrato o convenio colectivo. No confundir con la gratificación legal.
| Beneficio 2026 | Mes típico | Monto (fuentes oficiales) |
|---|---|---|
| Fiestas Patrias — sector público (Ley 21.806) | Septiembre | $91.682 o $63.645 según líquido de agosto (umbral $1.060.493) |
| Fiestas Patrias — pensionados IPS | Septiembre | $25.280 base + $12.969 por carga (corte 31 ago 2026) |
| Navidad — sector público | Diciembre | $71.206 / $37.666 (mismos tramos de renta) |
| Bono de escolaridad — sector público | Marzo y junio | $89.164 total (2 cuotas de $44.582) |
El Aporte Familiar Permanente 2026 es $66.834 por carga o familia, según la vía de acceso y la situación existente al 31 de diciembre de 2025. No se postula. Si la persona causante vive con alguien distinto de quien recibe la asignación, la ley contempla la entrega del aporte dentro de 30 días.
Guía completa: aguinaldo de Fiestas Patrias 2026. La calculadora de aguinaldo es referencial para el sector público y no transforma el beneficio en obligatorio para empleadores privados.
Bono Bodas de Oro y otros beneficios para adultos mayores
El Bono Bodas de Oro vigente desde octubre de 2025 es $463.166, dividido en $231.583 para cada cónyuge vivo. Se solicita una sola vez y hay un año desde el aniversario número 50 para hacerlo.
La pareja debe estar casada, no separada ni divorciada, convivir en el mismo hogar —con regla para hogares de larga estadía—, pertenecer al 80% más vulnerable según RSH y acreditar cuatro de los últimos cinco años de residencia en Chile. No basta con cumplir 50 años de matrimonio.
Para beneficios de personas mayores, evita mezclar programas:
- PGU: a julio de 2026 el máximo es $231.732 para 65–81 años y $250.275 desde 82 años; en septiembre el monto mayor se extiende a 75+. Tiene requisitos de residencia, focalización y pensión base.
- Bono por Hijo: incrementa la pensión de mujeres que cumplen requisitos; no es un pago en efectivo al nacer.
- Asignación Familiar: una persona beneficiaria de PGU puede tener causantes descendientes que vivan a su cargo bajo las reglas del sistema, pero quien recibe PGU no puede ser causante de otra Asignación Familiar.
La guía previsional 2026 separa PGU, pensión autofinanciada y nuevos beneficios. Verificar la ficha individual en ChileAtiende evita sumar prestaciones incompatibles.
Checklist para actuar con documentos
- Si vas a pedir alimentos: arma el presupuesto del hijo con respaldo, solicita mediación y conserva el certificado.
- Si ya existe pensión: usa la cuenta exclusiva, registra pagos y pide en la causa cualquier modificación.
- Si hay deuda: solicita liquidación; revisa la notificación y objeta dentro del plazo si hay abonos omitidos o errores.
- Si buscas beneficios: actualiza RSH y cargas, pero consulta cada requisito; estar en un tramo no garantiza cupo ni pago.
- Si cambió el ingreso: revisa el promedio usado por Asignación Familiar y exige reliquidación desde mayo de 2026 cuando corresponda.
- Si un trámite es sensible: usa Oficina Judicial Virtual, ChileAtiende, SUSESO o municipalidad. No entregues ClaveÚnica a supuestos gestores.
Información revisada al 13 de julio de 2026. Esta guía explica reglas generales y no reemplaza una resolución judicial ni asesoría sobre una causa concreta.
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Fuentes oficiales
- Ley 14.908 sobre pago de pensiones de alimentos
- BCN Ley Fácil — pensión alimenticia
- ChileAtiende — mediación familiar obligatoria
- ChileAtiende — Registro Nacional de Deudores
- SUSESO — tramos de asignación familiar desde mayo de 2026
- ChileAtiende — subsidio al consumo de agua potable
- ChileAtiende — Bono Bodas de Oro