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IVA y boleta de honorarios en Chile 2026: guía tributaria

Guía completa del IVA (19%) y la boleta de honorarios en Chile 2026. Cuándo aplicar, cómo emitir, retención del 15,25% y obligaciones tributarias.

DS
Por Diego Sebastián
·Actualizado el 15 de mayo de 2026

¿Qué es el IVA?

El Impuesto al Valor Agregado es un tributo indirecto chileno con tasa única del 19%. Grava la venta de bienes muebles, prestación de servicios e importaciones (DL 825 de 1974). Lo paga finalmente el consumidor, pero se recauda en cada eslabón de la cadena productiva mediante el mecanismo de débito y crédito fiscal.

Una empresa cobra IVA en sus ventas (débito fiscal) y paga IVA en sus compras (crédito fiscal). En el Formulario 29 mensual declara la diferencia: si el débito supera al crédito, paga; si el crédito supera al débito, lo arrastra al mes siguiente.

Cómo calcular el IVA

Agregar IVA al precio neto

precio_bruto = precio_neto × 1,19

Quitar IVA al precio bruto

precio_neto = precio_bruto ÷ 1,19

Solo el IVA

iva = precio_neto × 0,19 o iva = precio_bruto − precio_bruto/1,19

Ejemplo: producto con precio neto de $100.000
  • Precio neto: $100.000
  • IVA (19%): $19.000
  • Precio bruto facturado: $119.000
Cliente paga: $119.000 — empresa entera $19.000 al SII

Para evitar errores de redondeo, usa la calculadora de IVA que también permite calcular en sentido inverso (de bruto a neto).

Bienes y servicios exentos de IVA

El artículo 12 del DL 825 lista los bienes y servicios exentos:

  • Servicios profesionales prestados por personas naturales (van con boleta de honorarios, no con factura).
  • Servicios de educación.
  • Salud prestada por hospitales, clínicas y profesionales.
  • Transporte público de pasajeros.
  • Seguros de vida y salud.
  • Venta de libros, diarios y revistas.
  • Servicios financieros (intereses bancarios, depósitos).
  • Exportaciones de bienes.

Boleta de honorarios: qué es y cuándo emitir

La boleta de honorarios electrónica es el documento tributario que emiten las personas naturales por servicios profesionales independientes. Se emite en el portal del SII, no requiere imprimirse y se envía por correo al pagador.

Pueden emitirla profesionales (abogados, médicos, ingenieros), técnicos (contadores, diseñadores, programadores) y trabajadores que prestan servicios sin relación laboral. La emisión es electrónica obligatoria desde 2017.

Retención de la boleta de honorarios (Ley 21.578)

Cuando el pagador es una empresa o institución, debe retener una porción del bruto y enterarla al SII al mes siguiente. Si el pagador es una persona natural, no hay retención y el receptor declara y paga directamente.

La Ley 21.578 de 2023 estableció un calendario progresivo de retención que sube del 14,5% en 2025 al 17% en 2028:

AñoRetención totalImpuesto rentaCotización previsional
202514,5%10%4,5%
202615,25%10%5,25%
202716%10%6%
202817%10%7%

La porción "cotización previsional" se descompone en AFP, salud (FONASA o Isapre), SIS y Mutual de Seguridad. La distribución exacta la fija la Subsecretaría de Previsión Social cada año.

Ejemplo 2026: boleta bruta $1.000.000
  • Bruto facturado: $1.000.000
  • Retención total (15,25%): $152.500
  • — Impuesto renta (10%): $100.000
  • — Cotización previsional (5,25%): $52.500
Líquido recibido: $847.500

Exenciones y casos especiales

  • Boletas bajo 5 UTM mensuales: el SII no exige cotización obligatoria si el total anual está bajo 7,5 UTA. La retención de impuesto sigue aplicando en su totalidad.
  • Profesionales con régimen de gastos efectivos: pueden rebajar gastos reales (oficina, vehículo, tecnología) en lugar de la presunción 30% del artículo 50.
  • Pensionados: pueden eximirse de la cotización previsional adicional con declaración jurada anual.
  • Mujeres mayores de 50 años con cotizaciones mínimas: pueden eximirse de la cotización previsional obligatoria.

Para calcular tu boleta líquida considerando el año vigente y tu situación específica, usa la calculadora de boleta de honorarios.

Operación Renta para independientes

En abril de cada año, los profesionales independientes deben presentar el Formulario 22 (Declaración de Impuesto a la Renta). El proceso es:

  1. El SII totaliza tus boletas emitidas en el año calendario anterior.
  2. Aplica la presunción de gastos del 30% (Art. 50 LIR), con tope de 15 UTA anuales — o tus gastos efectivos si optaste por ese régimen.
  3. Calcula el impuesto según los tramos progresivos en UTA (8% – 40%).
  4. Te descuenta lo retenido a lo largo del año (PPM = retenciones de boletas).
  5. Si el PPM excede el impuesto, recibes devolución; si fue insuficiente, debes pagar la diferencia.

Los tramos UTA 2026 son: 0% hasta 8 UTA, 4% hasta 16, 8% hasta 24, 13,5% hasta 32, 23% hasta 48, 30% hasta 64, 35% hasta 96, 40% sobre 96. Una UTA en 2026 ≈ $847.060, así que el primer tramo gravado empieza sobre los ~$6,8 millones anuales.

Para estimar tu Operación Renta, usa la calculadora de operación renta.

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