En resumen
¿Cómo funcionan el IVA y las boletas de honorarios?
¿Qué es el IVA?
El Impuesto al Valor Agregado grava, con tasa general de 19%, ventas y servicios definidos por el DL 825, además de importaciones y otros hechos especiales. Desde 2023 la definición de servicio afecto se amplió: la pregunta ya no es solo si una actividad pertenece a primera o segunda categoría, sino si existe una exención expresa.
El vendedor o prestador recarga IVA al cliente y genera débito fiscal. El IVA soportado en compras puede transformarse en crédito fiscal solo si cumple requisitos: documento tributario válido, vínculo con operaciones del giro, registro y ausencia de una prohibición legal. Una compra personal con factura no crea crédito por sí sola.
- Débito por ventas: $570.000
- Crédito admisible por compras: $190.000
- IVA determinado: $570.000 − $190.000
Si el crédito supera el débito puede quedar remanente para períodos siguientes bajo las reglas del impuesto; no equivale automáticamente a una devolución en efectivo. Exportadores y situaciones especiales tienen mecanismos propios.
Cómo calcular el IVA
Agregar IVA al precio neto
precio_bruto = precio_neto × 1,19
Quitar IVA al precio bruto
precio_neto = precio_bruto ÷ 1,19
Solo el IVA
iva = precio_neto × 0,19 o iva = precio_bruto − precio_bruto/1,19
- Precio neto: $100.000
- IVA (19%): $19.000
- Precio bruto facturado: $119.000
El 19% se aplica al neto, por eso el IVA contenido en un precio final no es 19% del bruto: representa 19/119, aproximadamente 15,9664%. Sobre $119.000 son $19.000, no $22.610.
La calculadora de IVA resuelve neto, impuesto y total, pero no decide si la operación está afecta, exenta o fuera del hecho gravado. Esa clasificación debe hacerse primero.
Bienes y servicios exentos de IVA
Las exenciones deben leerse de forma estricta en el artículo 12 y normas especiales. No basta que una actividad parezca “social” o “profesional”. Entre las más relevantes están:
- Personas naturales independientes: los ingresos del artículo 42 N.º 2 de la Ley de Renta documentados con boleta de honorarios están exentos de IVA.
- Sociedades de profesionales: pueden quedar exentas si cumplen todos los requisitos y tributan en segunda categoría. Una SpA comercial no se vuelve sociedad de profesionales por describir consultoría en su objeto.
- Educación: establecimientos educacionales, por ingresos propios de su actividad docente. Venta de materiales, arriendo u otros servicios requieren análisis separado.
- Salud: existen exenciones institucionales y para determinadas prestaciones ambulatorias; no toda facturación de una clínica o centro está exenta.
- Transporte de pasajeros: cubierto en los términos de la norma, distinto del transporte de carga.
- Exportaciones: tienen tratamiento especial y pueden dar derecho a recuperar crédito fiscal bajo procedimiento, por lo que “exento” no significa perder siempre todo crédito.
Desde el 1 de enero de 2023 la regla general es que los servicios están afectos salvo exención. Antes de emitir, revisa forma jurídica, categoría tributaria, naturaleza exacta del servicio y cliente; no copies el documento de otro profesional.
Boleta de honorarios: qué es y cuándo emitir
La boleta de honorarios electrónica documenta rentas de segunda categoría obtenidas por una persona que presta servicios de manera independiente. Identifica emisor, receptor, fecha, descripción, bruto, retención o PPM y líquido. No es una factura exenta ni una boleta de ventas.
Según la guía del SII, debe emitirse al momento en que se paga el servicio y admite un máximo de 90 días posteriores a ese pago. La fecha determina tasa y año de renta; acumular boletas de diciembre para emitirlas en abril distorsiona registros y puede cambiar el período tributario.
Boleta no prueba independencia laboral
Si en los hechos hay subordinación y dependencia —horario, jefatura, control, continuidad y obligación personal— el documento tributario no elimina los derechos laborales. En foros se repite “me obligan a boletear con horario”; esa pregunta se resuelve con la realidad del vínculo, no con el porcentaje de retención.
- Inicia actividades de segunda categoría con un código coherente.
- Emite en SII con RUT correcto y descripción verificable.
- Define correctamente quién retiene.
- Descarga la boleta y guarda contrato, pago y respaldo del servicio.
- Corrige errores con la anulación del SII, no editando el PDF.
Retención de la boleta de honorarios (Ley 21.133)
Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 la tasa es 15,25% del honorario bruto. La Ley 21.133 la eleva a 16% en 2027 y 17% en 2028.
El sistema distingue dos flujos. Si el receptor está obligado a retener, descuenta el porcentaje, paga el líquido y entera la retención. Si no retiene, el emisor recibe el bruto y debe declarar y pagar su PPM en el Formulario 29. No basta decir que “una persona natural nunca retiene” o que “toda empresa retiene”: selecciona la opción que corresponda al receptor.
La Ley 21.133 estableció un calendario progresivo de retención que sube del 14,5% en 2025 al 17% en 2028:
| Año | Retención o PPM | Cambio |
|---|---|---|
| 2025 | 14,50% | +0,75 punto |
| 2026 | 15,25% | +0,75 punto |
| 2027 | 16,00% | +0,75 punto |
| 2028 | 17,00% | +1 punto |
- Retención: $1.000.000 × 15,25% = $152.500
- Líquido cuando retiene el receptor: $847.500
- Si no retiene: recibes $1.000.000 y reservas $152.500 para PPM
Si pactaste un líquido, el bruto es líquido ÷ 0,8475. Para recibir $500.000 líquidos debes emitir aproximadamente $589.971 brutos, sujeto al redondeo del SII.
Cotizaciones y situaciones especiales
La obligación previsional de independientes se determina anualmente. La renta imponible se calcula, en términos generales, sobre 80% de los honorarios brutos del año anterior, sujeta a mínimos, topes y coordinación con cotizaciones como dependiente.
En la Operación Renta 2026, basada en honorarios de 2025, existen dos modalidades transitorias:
- Cobertura completa: cotiza sobre 100% de la renta imponible anual y entrega cobertura completa entre julio de 2026 y junio de 2027.
- Cobertura parcial: en 2026 calcula salud y pensiones sobre 80% de la renta imponible; ATEP, SANNA y SIS mantienen cobertura sobre la base completa definida para esos seguros. Puede aumentar la devolución, pero reduce prestaciones de salud y pensión.
No todas las personas están obligadas en idénticos términos. El umbral oficial se expresa en honorarios anuales equivalentes a cinco ingresos mínimos mensuales y existen reglas por edad, pensión, afiliación y cotización simultánea. La guía anterior usaba “5 UTM mensuales” y “7,5 UTA”, parámetros que no corresponden a esta prueba.
La retención se aplica al emitir aunque después resulte una excepción previsional. La situación final se resuelve en el F22, no modificando manualmente el 15,25% de cada boleta.
Operación Renta para independientes
Las boletas emitidas durante 2026 se consolidarán, por regla general, en la Operación Renta 2027. La declaración realizada en abril de 2026 usa rentas y retenciones de 2025. Confundir año calendario con año tributario lleva a usar una tasa o UTA equivocada.
El proceso anual considera:
- El SII totaliza tus boletas emitidas en el año calendario anterior.
- Rebaja gastos presuntos de 30% con tope de 15 UTA, o gastos efectivos acreditados; no ambos.
- Integra otras rentas, rebajas y créditos para calcular el Global Complementario.
- Determina cotizaciones obligatorias y modalidad previsional.
- Imputa retenciones y PPM según el orden legal.
- Obtiene devolución, saldo cero o monto por pagar.
Para el Año Tributario 2026, el tope de gastos presuntos de 15 UTA fue $12.517.560 y el tramo exento del Global Complementario llegó a $11.265.804. Esas cifras corresponden a rentas 2025; no deben copiarse como cierre definitivo de rentas 2026 porque dependen de la UTA de diciembre.
- Ingresos brutos: $22.000.000
- Gasto presunto 30%: $6.600.000
- Base de honorarios: $15.400.000
Una devolución alta no prueba que el impuesto esté “bien calculado” si faltan boletas, gastos fueron rechazados o existen cotizaciones pendientes. Revisa la propuesta del SII contra tus documentos antes de enviarla.
Checklist mensual
- Clasifica la operación: factura afecta, factura exenta o boleta de honorarios.
- Emite con fecha, RUT y descripción correctos.
- Confirma quién retiene o paga PPM.
- Declara F29 dentro del calendario SII aplicable a tu modalidad.
- Concilia registro de compras/ventas, boletas y pagos.
- Guarda respaldo de gastos efectivos o proyecta el 30% presunto.
- Reserva caja para impuesto y cotizaciones; el líquido no es utilidad libre.
Calcula bruto y líquido con la calculadora de boleta, IVA con la calculadora de IVA y el escenario anual con la calculadora de Operación Renta. Cada herramienta responde una etapa distinta.
Contenido verificado al 13 de julio de 2026 con DL 825, SII, Ley 21.133 y Subsecretaría de Previsión Social. Preguntas de comunidades se usaron para detectar la falsa división de la retención, dudas bruto/líquido y boleteo subordinado; no como fuente tributaria.
Calculadoras relacionadas
Calculadora de IVA
Agrega o quita el IVA del 19% (neto ↔ bruto). Ejemplos: $100.000 neto = $119.000 bruto; $119.000 bruto = $100.000 neto.
Boleta de Honorarios 2026
Calcula la retención de boleta de honorarios (calendario Ley 21.133: 15,25% en 2026), monto líquido y desglose informativo. Sin doble descuento de cotizaciones.
Operación Renta Independientes 2026
Calcula tu impuesto a la renta como trabajador independiente. Deduce gastos, cotizaciones y ahorro previsional voluntario.
PPM (Pagos Provisionales Mensuales)
Calcula tus pagos provisionales mensuales según actividad y ingresos brutos anuales.
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